Desde hace algunos años, y en mi opinión gracias en gran parte a las redes sociales, ha aumentado el interés de las personas por presentar su declaración anual, esto con el objetivo de que les devuelvan impuestos, y con la promesa de la autoridad de hacerlo en 5 días.
Con esta propaganda la idea de muchas personas sobre la devolución de impuestos tiene algunas afirmaciones erróneas, por ejemplo:
· Presentar la declaración es muy fácil.
· Te regresan dinero
· Te lo depositan en 5 días.
Y cuando algo de esto no ocurre, la gente se molesta, se desespera, y en muchos casos, se sienten estafados por qué les prometieron algo que no ocurrió.
En este artículo hablaremos de la devolución en 5 días, pero también en artículos siguientes veremos temas de la declaración anual.
Para comenzar, tenemos que analizar que La devolución de impuestos, en este caso el ISR, surge de un SALDO A FAVOR en el cálculo anual de impuestos.
Es decir, cuando PAGASTE MÁS impuestos, que los que te correspondían.
Esto puede ser por qué tienes deducciones personales, por qué te dieron algún tipo de liquidación, y varias situaciones que analizaremos después.
Entonces, si al presentar tu declaración anual, el cálculo arroja un SALDO A FAVOR, ese saldo a favor puedes solicitarlo en DEVOLUCIÓN.
Ahora ¿de qué depende qué ese saldo a favor te lo devuelvan en 5 días?
Ojo, recuerda que puedes solicitar tu devolución, PERO ESO NO GARANTZA que el SAT lo apruebe.
La devolución en 5 días dependerá de:
· Que el SAT apruebe la devolución
· La fecha de presentación de la declaración anual
La devolución de 5 días también es conocida como DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA, y consiste en que, al presentar tu declaración anual, en ese mismo formato le solicites al SAT la devolución, es decir, no necesitarás ningún trámite adicional para acceder a ella.
Esta facilidad administrativa se encuentra en la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal que se emite cada año.
Como comentamos, uno de los requisitos para tener derecho a esta facilidad, es la fecha de presentación de la declaración anual donde viene el saldo a favor.
Y la regla indica que la devolución automática, solo es para el ejercicio anterior, a aquel al que corresponde la resolución miscelánea.
Por lo anterior, La Resolución Miscelánea Fiscal de 2021, da esa facilidad para la declaración anual 2020
Esto quiere decir, que durante los meses de abril, mayo, junio y julio de 2021 puede solicitarse devolución automática (devolución de 5 días) ÚNICAMENTE del saldo a favor 2020.
Entonces, si quieres presentar declaración anual y solicitar saldo a favor del año 2019 y anteriores, NO HAY FACILIDAD DE DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA, estos saldos a favor no te los devolverán en 5 días.
Entonces, ¿se pueden solicitar aún devoluciones de 2019 hacia atrás.?
La respuesta es SI,
Sin embargo, para estos casos, una vez que presentes de declaración anual, deberás realizar un trámite adicional, que consiste en solicitar la devolución mediante el FORMATO ELECTRÓNICO DE DEVOLUCIONES FED. También conocido como DEVOLUCIÓN MANUAL.
Guarda esta información para consultarla en el futuro
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